EVASION EN GRANOS. AFIP DE ARGENTINA. $ 130 MILLONES

Detectan evasión de corredores de granos por $ 130 Millones

En un operativo sorpresa a los intermediarios de la cadena compraventa de granos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fiscalizó a 155 corredores y se detectó una evasión que perjudicaría al fisco en unos $ 130 millones. Del total de los operadores relevados, el 38 % podrían ser suspendidos del Registro Fiscal de Operadores de Granos por operaciones irregulares
El operativo se enmarcó dentro de las acciones tendientes a reducir las actividades marginales que perjudican no sólo al Estado, sino que representan una competencia desleal para los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones fiscales, destacaron desde el organismo.
En este sentido, se llevó a cabo un procedimiento con foco en la actividad de corredores de granos, definida como la intermediación entre los productores y los compradores, a cambio de una comisión de tipo variable a las partes.
Entre las mayores irregularidades detectadas fueron las operaciones efectuadas con «empresas fantasmas» que permitirían la utilización directa o indirecta de créditos fiscales inexistentes. Cabe destacar que estas maniobras son sancionadas con la suspensión del Registro Fiscal de Operadores de Granos al corredor y, en algunos casos, hasta la exclusión directa. Como resultado del procedimiento, 34 corredores están siendo analizados minuciosamente para ser suspendidos del Registro dispuesto en la RG 2300/2007 (AFIP), por ser usuarios significativos de facturación apócrifa.
Durante las actuaciones se controló el cumplimiento de las normas de facturación y la veracidad de los domicilios fiscales declarados ante la AFIP y se detectaron 6 casos con domicilios inexistentes o desconocidos, siendo estas inconsistencias también causales de suspensión en el Registro, por lo que se iniciarán las acciones legales pertinentes.
La Afip destacó en un comunicado que con la suspensión del Registro Fiscal de Operadores de Granos significa que estos corredores no podrán tener el beneficio de una alícuota menor en la retención a practicarse, como así también a partir de la mentada exclusión de las cartas de porte necesarias para la operatoria estaría limitada, dicha situación afectaría significativamente la competitividad en el mercado, dificultando ostensiblemente el accionar diario de los intermediarios

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