ARGENTINA – Organizaciones de productores, multiplicadores y acopiadores de soja presentarán ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia una denuncia contra la multinacional Monsanto por entender que la empresa impone exigencias en sus contratos de venta de semillas, que pueden constituir potenciales herramientas de concentración del sector en toda la cadena de producción y comercialización.
Las organizaciones denunciantes son la Cámara Argentina de Semilleros Multiplicadores (Casem), la Federación de Cooperativas Federadas (Fecofe), las Cooperativas Agropecuarias Federdas de entre Ríos (Cafer), la Federación Argentina de Ingeniería Agronómica (Fadia) y la Federación Argentina de Cooperativas Apícolas y Agropecuarias Limitada (Facal), las que alegan prácticas “discriminatorias y que dificultan la permanencia en el mercado de múltiples actores”. La presentación se realizaría hoy, o a más tardar mañana, ya que se está aguardando la adhesión de Federación Agraria Argentina (FAA).
Las observaciones se centran sobre los contratos para la adquisición y utilización de semillas con tecnología RR2Y y RR2YBt, en los que se establecen exigencias que condicionan la venta de la variedad de semilla de soja por parte de la empresa Monsanto, a la que le atribuyen “conductas que restringen la competencia en perjuicio para el interés económico general”.
El tipo de semillas Intacta RR2 Pro es presentada por Monsanto como la nueva biotecnología que provee a las variedades de soja incremento en el rendimiento, reducción de costos y simplicidad de manejo, y que permite la menor utilización de insecticidas. Para las entidades agrarias, los contratos que Monsanto exige firmar con los compradores de este tipo de semillas “condicionan a los adquirientes y a sus posteriores acciones o ventas, interviniendo así en toda la cadena de producción y comercialización”.
En particular, consideran que en los contratos se restringe la venta de la producción sólo a los comercializadores autorizados por Monsanto, que son tres Asociados Don Mario, Nidera y la Asociación de Cooperativas Argentinas, y se restringe geográficamente la siembra de las semillas a algunas provincias del territorio nacional.
También se entiende que se acota la comercialización del grano obtenido exclusivamente a los exportadores o elevadores participantes del sistema y se obliga al comprador a pagar la regalía por este tipo de tecnología por cada uso de la misma: al momento de la compra, al momento de la declaración y siembra para uso propio o al momento de la entrega al elevador o exportador.
“El sistema de comercialización de estas tecnologías es establecido por Monsanto, quien determina quiénes pueden comprar y acopiar el grano y quiénes no y regula así la totalidad de la cadena productiva”, denunciaron y agregaron que “se le concede el derecho de inspeccionar los lotes de los productores y los cargamentos”.
LA CAPITAL – ROSARIO