La resolución, que incluye un sumario sanitario para la fábrica, fue publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, la venta y distribución en todo el país una serie de productos para el cuidado de los ojos por no estar inscriptos en el organismo.
Según la disposición N° 6506/2018, los productos prohibidos son:
* SANTA LUCIA oftalmología de avanzada Solución Salina, Especial para lentes de contacto, Elaborado por Lab. Norma Maliandi.
* SANTA LUCIA oftalmología de avanzada, Solución Salina, Monodosis 5 ml – 12 tiras con 6 monodosis de 5 ml c/u, Especial para lentes de contacto, Exclusivo para ópticas, Elaborado por Lab. Norma Maliandi.
* Suave loción de idéntica formulación que la solución fisiológica, cuyo uso cosmético es higienizar la piel, no produce irritación, dejar evaporar.
* Sanafarm Solución Fisiológica no inyectable cont. Neto 5 cc.
Además, la Anmat instruyó un sumario sanitario a la firma NORMA DORLIZA MALIANDI, con domicilio en la calle Alem 536 de la localidad de Junín, provincia de Buenos Aires, y a quien resulte ser su Director Técnico, por el presunto incumplimiento de la norma vigente.
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Nota: La resolución habla de la No incripción de los productos. No se expide sobre su inocuidad – DCA